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Feriado irrenunciable del 25 de diciembre: así funcionará el comercio en Navidad

Revisa las sanciones que arriesgan las empresas que no cumplan las normas.

26 DE AGOSTO DE 2020/LINARESpersonas en el supermercado despides de que anuncian el ingreso al paso 1 de cuarentena para el viernes 28 de agosto a las 23:00 horas, debido al aumento de contagios por coronavirus en las últimas semanas. 
FOTO: ALEX BELTRAN/AGENCIAUNO

26 DE AGOSTO DE 2020/LINARES personas en el supermercado despides de que anuncian el ingreso al paso 1 de cuarentena para el viernes 28 de agosto a las 23:00 horas, debido al aumento de contagios por coronavirus en las últimas semanas. FOTO: ALEX BELTRAN/AGENCIAUNO

Feriado irrenunciable del 25 de diciembre: así funcionará el comercio en Navidad

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La directora del Trabajo, Lilia Jerez, informó cómo funcionará el comercio en los feriados irrenunciables de este viernes 25 de diciembre, por Navidad, y 1 de enero, por Año Nuevo.

Primero, comenzó explicando en ADN Hoy: «Este es un feriado irrenunciable para los trabajadores de comercio, para quienes hacen alguna actividad comercial, los que todos conocemos como vendedores. Los guardias de seguridad que prestan servicios por turnos tienen que cumplirlos».

«Dentro de estos trabajadores de comercio hay algunas excepciones, algunos trabajadores que sí pueden prestar servicios, que son, por ejemplo, los trabajadores de restaurantes, de casinos de juegos, quienes expenden combustible, farmacias de urgencia y turno, y almacenes atendidos por sus dueños», señaló.

Pero destacó que esto se conjuga con que la región Metropolitana y algunas comunas de otras regiones están en la etapa de Transición del Plan Paso a Paso, por lo tanto, en los feriados hay cuarentena, y las personas deben estar en la casa.

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Horario de cierre

De igual forma, Jerez indicó: «Los horarios de cierre para los trabajadores de comercio es a las 20:00 horas del 24 de diciembre. ¿Qué significa eso? Que a las 20:00 horas los trabajadores se tienen que encontrar fuera del lugar que prestan servicios».

«Es exactamente igual para la víspera de Año Nuevo el 31 de diciembre«, agregó.

Sanciones para las empresas

Las empresas que no cumplan estas normas, serán sancionadas. Al respecto, la directora del Trabajo sostuvo: «El régimen sancionatorio es especial, porque normalmente nosotros sancionamos por empresa, pero acá se sanciona por trabajador que se encuentre en la infracción«.

«En una empresa de 1 a 49 trabajadores, sancionamos por 5 UTM, que es alrededor de $250.000; en una empresa de 50 a 199 trabajadores son 10 UTM; y en una empresa de 200 o más trabajadores son 20 UTM, que es un poco más de $1 millón», detalló.

Asimismo, concluyó: «Tenemos en el portal de la Dirección del Trabajo habilitado un canal de denuncias web, donde cualquier usuario trabajador puede hacer la denuncia, de tal forma que nosotros podamos concurrir y fiscalizar la situación».

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