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Detienen a dos mujeres por fotografiar su voto en colegio de San Pedro de la Paz

La ley prohíbe tomar fotos de la papeleta porque se presume que se votó bajo cohecho y la imagen sirve para comprobar que se votó por una opción determinada.

22 DE OCTUBRE DE 2020/SANTIAGO
El ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand, junto a los ministros secretario general de la Presidencia, Cristián Monckeberg, y el secretario general de Gobierno, Jaime Bellolio, entrega detalles de la implementación del voto en el exterior, así como el protocolo y proceso que deberán cumplir los chilenos que voten en el extranjero, en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Santiago.

FOTO: AILEN DÍAZ/AGENCIAUNO

22 DE OCTUBRE DE 2020/SANTIAGO El ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand, junto a los ministros secretario general de la Presidencia, Cristián Monckeberg, y el secretario general de Gobierno, Jaime Bellolio, entrega detalles de la implementación del voto en el exterior, así como el protocolo y proceso que deberán cumplir los chilenos que voten en el extranjero, en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Santiago. FOTO: AILEN DÍAZ/AGENCIAUNO

Dos mujeres fueron detenidas en el Colegio Miguel José Zañartu, en San Pedro de la Paz, región del Biobío, por fotografiar su voto.

De acuerdo con Carabineros, ambos hechos ocurrieron cerca del mediodía. La situación fue advertida por los vocales de mesa.

«Por favor, respeten la norma, la cual impide de forma absoluta la fotografía o captura de los votos», pidió el mayor Luis Torres, a cargo de la 6ª Comisaría San Pedro de la Paz.

Fotografiar el voto está prohibido por la ley porque se presume que esa persona recibió dinero por votar de determinada manera y captura la papeleta para demostrar que sufragó por una opción en particular.

La normativa dice: «El que en cualquier elección popular, primaria o definitiva, vendiere su voto o sufragare por dinero u otra dádiva, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo (de 61 días a 301 de cárcel) y multa de 1 a 3 unidades tributarias mensuales ($ 150 mil aproximadamente)”.

Y se agrega: «se presumirá que ha incurrido en esta conducta el elector que, en el acto de sufragar, sea sorprendido empleando cualquier procedimiento o medio encaminado a dejar constancia de la preferencia que pueda señalar o haya señalado en la cédula”.

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