Exfiscal Gajardo explicó por qué juzgado obró correctamente al no acoger prescripción de delitos imputados a Tito Fernández
El abogado comparó el caso del músico con el de Martín Pradenas.
El exfiscal Carlos Gajardo explicó que el 7° Juzgado de Garantía de Santiago actuó correctamente al no considerar la prescripción de los delitos imputados a Tito Fernández El Temucano, tres de abuso sexual reiterado y tres de violación propia ocurridos entre 2010 y 2016.
El abogado afirmó que, en comparación con el caso de Martín Pradenas, en la formalización del músico «se aplica doctrina correcta de que los nuevos delitos cometidos interrumpen el plazo de prescripción».
En la situación de Pradenas, el Juzgado de Garantía de Temuco descartó dos de las acusaciones del violencia sexual en su contra. Uno de los delitos habría ocurrido durante la semana santa de 2014 y el otro en noviembre de 2010, contra una mujer menor de edad.
Además, el magistrado consideró que existen fundamentos para acreditar un delito de violación contra Antonia Barra, pero no los suficientes para sostener dos imputaciones de abuso sexual en contra de la víctima, quien se suicidó posterior a la violación denunciada.