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Corte de Concepción ordenó que Carabineros no use sustancias químicas para restablecer orden público

La Sexta Sala del tribunal de alzada acogió el recurso de amparo presentado por el INDH.

Corte de Concepción ordenó que Carabineros no use sustancias químicas para restablecer orden público

El Poder Judicial informó que la Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en contra de Carabineros de Chile, prohibiendo a la institución que en la VIII Zona del Biobío se puedan utilizar productos químicos para restablecer el orden público.

La Sexta Sala del tribunal de alzada determinó por unanimidad que la policía debe abstenerse de usar sustancias químicas, hasta que no cuente con un procedimiento aprobado por la autoridad de salud pública, el que debe garantizar la vida y la salud de las personas. La medida afecta a las bombas lacrimógenas y al carro lanza aguas.

El fallo expresa que "resulta evidente que la ‘mezcla de agua con gas lacrimógeno CS' que emplea para dispersar las multitudes, carece de toda regulación. En efecto, se desconoce cuáles son los efectos que dicha mixtura provoca en el ser humano" y agrega que "no existe un procedimiento establecido para la confección de esta arma".

La sala de la Corte de Apelaciones precisó que "el presente recurso de amparo debe ser acogido del modo como se dirá en lo resolutivo, por cuanto el proceder de Carabineros de Chile ha vulnerado la garantía constitucional". Le decisión tuvo la prevención del ministro Juan Villa, quien quiso acotar la decisión solamente al carro lanza agua.

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