Gobierno introdujo indicaciones a Aula Segura para que se discuta de forma inmediata
La idea del Ejecutivo es que el Congreso despache la ley esta semana.


El Gobierno decidió ponerle discusión inmediata al proyecto de ley Aula Segura con la intención de que sea despachado esta semana.
La ministra de Educación, Marcela Cubillos, aseguró que el ejecutivo se hizo cargo de las dudas planteadas por los parlamentarios referente al debido proceso para la expulsión de los estudiantes involucrados en "hechos de violencia grave que ponen en peligro a toda su comunidad".
"Siempre lo hemos dicho: el Congreso no es un buzón y los proyectos se deben discutir y mejorar durante la discusión. Con ese espíritu ingresaremos una indicación que aclara las dudas planteadas por algunos senadores en materia de debido proceso, pero que al mismo tiempo mantiene sin cambios la esencia del proyecto que es la facultad del director de expulsar, y separar de inmediato de la escuela, al alumno que incurre en hechos de violencia grave que ponen en peligro a toda su comunidad", dijo secretaria de Estado.
La iniciativa
El proyecto Aula Segura que el Ejecutivo someterá a votación regulará la expulsión en los siguientes términos:
1- Necesidad de regulación por ley: Se establecen por ley dos causales de extrema gravedad que independiente lo que digan los reglamentos internos serán motivo de expulsión conforme al procedimiento especial que se señala.
2- Causales:
a- Uso, posesión, tenencia y almacenaje en un establecimiento educacional o sus inmediaciones de armas o de artefactos incendiarios, explosivos, tóxicos, corrosivos o infecciosos cuyos componentes principales sean pequeñas cantidades de combustibles u otros elementos químicos de libre venta al público y de bajo poder expansivo, tales como las bombas molotov y otros artefactos similares
b- Agresiones físicas que produzcan lesiones a docentes, asistentes de la educación y manipuladoras de alimentos
3- Suspensión inmediata: El director, inmediatamente tome conocimiento de los hechos, deberá informar por escrito al estudiante, madre, padre o apoderado, del inicio de un proceso de expulsión, y junto con ello, deberá disponer como medida provisional y cautelar, la prohibición de ingreso al establecimiento mientras se sustancie el procedimiento de expulsión
4- Debido proceso:
a- El estudiante tendrá plazo máximo de 4 días para para formular sus descargos y aportar pruebas, bajo apercibimiento de proceder en su rebeldía
b- Cumplido dicho plazo, el director dictará resolución fundada pronunciándose sobre el procedimiento de expulsión iniciado
c- El estudiante tendrá 2 días para pedir la reconsideración de la medida ante la misma autoridad, que resolverá previa consulta al Consejo de Profesores.
d- Siempre que el director aplique, en definitiva, la medida de expulsión deberá informar a la Superintendencia de Educación a fin de que esta revise en la forma el cumplimiento del procedimiento y las garantías del debido proceso.
5- Derecho a la educación del estudiante expulsado: El Mineduc deberá velar por la reubicación del estudiante en establecimientos que preferentemente cuenten con profesionales que presten apoyo psicosocial y adoptar las medidas de apoyo necesarias.




