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Revelan informes psicológicos de los siete beneficiados de Punta Peuco

Los internos muestran escasa conciencia de los delitos que causaron y prácticamente nulo arrepentimiento.

Revelan informes psicológicos de los siete beneficiados de Punta Peuco

La Corte Suprema otorgó el beneficio de libertad condicional a siete internos de Punta Peuco condenados por violaciones a los Derechos Humanos durante la dictadura.

La polémica medida del máximo tribunal tiene un nuevo antecedente: los informes de conducta y psicológicos que elaboró Gendarmería sobre los criminales, quienes no dimensionan los daños cometidos e incluso niegan los delitos.

El diario La Tercera reveló los aspectos principales de cada uno de los internos, todos con calificaciones "sobresalientes" en su conducta.

1. Gamaliel Soto Segura, 72 años.

Sobre el delito de secuestro calificado por el que fue condenado, se establece que tiene "una ausencia de conciencia del mismo, reconociendo solo que pertenecía a la comisaría en la cual fue detenida la víctima". De hecho, Soto niega su participación directa.

El informe psicológico registra "bajos niveles de empatía y una mermada capacidad para enjuiciar críticamente su comportamiento".

Además, se refiere "insistentemente que se encuentra privado de libertad por una venganza política y que es inocente, porque no ha cometido delito alguno". 

ADN

2. Felipe González Astorga, 79 años.

Sobre su sentencia de seis años por secuestro calificado, "niega toda responsabilidad en los hechos por los que cumple condena, refiriendo que solo se limitó a cumplir órdenes".

Agrega que "tiende a disminuir responsabilidades mediante la argumentación cronológica de sus funciones, su cargo, así como la madurez de sí mismo" y acota que "en esos años para él se trató de una orden más que debía cumplir, como cualquier otra". 

3. Hernán Portillo Aranda, 66 años.

Gendarmería resalta su "mediana conciencia del delito" de secuestro calificado por el que fue condenado, pero subraya que "minimiza su responsabilidad, sin lograr evidenciar el carácter ilícito de sus acciones".

El interno reconoce "parcialmente su participación en los hechos por los que cumple condena, pero tendiendo a justificarse en el contexto de órdenes recibidas de la superioridad y de una eventual enfermedad cardíaca que habría desembocado en el fallecimiento de la víctima".

4. Manuel Pérez Santillán, 67 años.

Este condenado en la causa de secuestro del exquímico de la Dina, Eugenio Berríos, también "reconoce solo parcial y circunstancialmente su participación en los hechos por los cuales cumple condena".

Según su versión, él solo acudió "por dos días a Uruguay a conversar con la víctima para convencerlo de que mejorara su comportamiento, negando su responsabilidad y conocimiento de los hechos por los que cumple condena".

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Según Gendarmería, mantiene una "regular" conciencia del mal causado y que "se siente culpable solo de haberlo guiado a la Dina en búsqueda de auxilio, porque la víctima le habría señalado que estaba siendo hostigada por narcotraficantes con los cuales había estafado con dinero". 

El informe añade que "si bien manifiesta encontrarse arrepentido de haber acudido a Uruguay, no considera haber realizado actos ilegales, por lo que no se aprecia arrepentimiento respecto del ilícito".

5. José Quintanilla Fernández, 66 años.

También condenado por secuestro calificado, el interno "minimiza su participación en el delito por el que cumple condena, negando toda responsabilidad al respecto y realizando un análisis meramente descriptivo de situaciones, sin profundizar y solo en la perspectiva de liberarse de toda culpa".

Para el informe, la conciencia del delito está "ausente" y subraya que "no logra visualizar el carácter ilícito de su comportamiento, realizando una muy superficial elaboración al respecto, negando haber cometido delito alguno. Se tiende a victimizar y justificar su rol, donde comenta que ofrece ayuda a los detenidos".

6. Moisés Retamal Bustos, 68 años.

El análisis psicológico de este condenado por secuestro calificado revela que "no muestra arrepentimiento respecto de acciones suyas ligadas con los hechos delictivos" y "entrega un discurso de empatía general hacia las víctimas de derechos humanos".

Hay una "ausente conciencia del delito, negando lo establecido en la condena final, afirmando ser inocente y que tal condición habría quedado demostrada en el proceso".

7. Emilio Robert de la Mahotiere, 81 años.

Fue condenado por homicidio calificado. Su informe psicológico registra "una evolución en conciencia del delito, puesto que, si bien niega su responsabilidad en los ilícitos, matiza un relato donde su argumentación recorre entre la descripción de rol, con las acciones buenas y malas, así como una visión tendiente a la objetividad del contexto histórico que revisten el cumplimiento de sus funciones como piloto de helicóptero".

Para Gendarmería, su conciencia del mal causado es "insuficiente" y precisa que "no logra profundizar en aquellas temáticas. Asimismo, niega haber efectuado mal alguno a terceros y centra su discusión únicamente en el daño percibido por sí mismo y su familia, producto de la reclusión".

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