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Clínicas privadas podrán invocar objeción de conciencia para no realizar abortos

El ministerio de Salud emitió undocumento en el Diario oficial donde detalla que los recintos objetores podrán mantener convenios con el Estado.

Clínicas privadas podrán invocar objeción de conciencia para no realizar abortos

Marcelo Opitz, ADN

El ministerio de Salud emitió un documento donde indica que las clínicas privadas podrán invocar objeción de conciencia para no realizar abortos.

Así lo establece la resolución número 432, exenta, del Minsal que deja sin efecto resolución n° 61 exenta, que regulaba la objeción de conciencia, según lo dispuesto en el artículo 119 – ter del Código Sanitario.

De esta forma, sólo los establecimientos públicos de salud están impedidos de acogerse a la medida.

La subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza, afirmó que este protocolo da mayor claridad a las instituciones privadas para que cumplan la ley, tras lo reclamado por la Clínica de la Pontificia Universidad Católica de Chile y la Clínica Alemana de Osorno, en sus respectivos recursos de protección.

Uno de los directores de esta última institución, el abogado René Fuchslocher, se mostró satisfecho por esta modificación, aclarando que gracias este nuevo protocolo, las clínica que no deseen realizar abortos, no tendrán que recurrir a la justicia, sino que se acogerán a esta nueva resolución del ministerio de salud que fue publicada este viernes en el diario oficial.

En tanto, el presidente de la comisión de Salud, diputado Juan Luis Castro, afirmó que esta enmienda es un guiño al sector privado, afirmando que se tomarán cartas en el asunto y no descartan iniciar acciones legales en contra del ministerio de Salud, porque un reglamento no puede estar sobre la ley.

Desde La Moneda, en tanto, la ministra Vocera de gobierno, Cecilia Pérez, afirmó que el nuevo reglamento establece que existen instituciones que puede acogerse a la objeción de conciencia, derivando a las mujeres que deseen realizarse abortos a otros establecimientos.

De esta forma, se permite la manifestación de la objeción de conciencia en el aborto en tres causales, para todas las instituciones privadas de salud, independiente de si tienen o no convenios con el Estado o si reciben recursos de este.

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