Magistrados: »El juez puede puede sustentar su decisión en criterios también políticos»
En ADN Radio Chile el titular del organismo, Rodrigo Cerda, criticó la medida del Ejecutivo de solicitar una sanción disciplinaria en contra del juez de garantía Cristan Sánchez.
El presidente de la Asociación Nacional de Magistrados,
, descartó en la
que el juez de garantía Cristian Sánchez amerite una sanción disciplinaria como lo solicita La Moneda por argumentar a favor de la asamblea constituyente en un fallo.
“Más que criticar la decisión del juez, que puede ser discutible, el sentido en que se adopta la condición para la suspensión condicional, a nosotros lo que nos preocupa es el lenguaje que se utiliza por parte del Gobierno, que es parte en este proceso como querellante, y, además, del uso que se hace de la, en este caso, una verdadera amenaza de persecución disciplinaria porque no le gusta el sentido de la decisión. Si a una parte en un juicio no le gusta el sentido de la decisión, lo que tiene que hacer es recurrir como lo está haciendo a través del recurso de apelación”, argumentó en ADN Radio Chile el titular del gremio.
Sobre la pretensión del Ejecutivo de castigar a Sánchez, Cerda recalcó que “nos preocupa este uso de la razón disciplinaria, como si estuviéramos actuando fuera de lo que es nuestra conducta funcionaria, cuando lo que hizo el juez fue sancionar o no sancionar, un acuerdo al que se llega y es promovido y fundamentado por el Ministerio Público, aceptado por el imputado y su defensa”.
Ante los dichos del juez de garantía, dejando ver cierto apoyo a la asamblea constituyente, el representante de los magistrados enfatizó que “el juez puede, en su decisión, sustentarse en lo que fue el debate sostenido por las partes (…) El juez puede sustentar su decisión en criterios también políticos. Lo que uno no puede hacer como juez, es tener comportamientos partidistas, hacer campañas. Eso para nosotros es lo que está prohibido”.
Por último, Rodrigo Cerda comentó que el actuar de Cristian Sánchez pudo ser diferente: “En lo personal yo no lo haría. Pero si él lo hace, el superior jerárquico, en el contexto de la revisión, a través del recurso, podrá eliminar ese argumento, si se considera que no es un argumento que sirve para la decisión, ni corresponde que se hagan esas argumentaciones en este tipo de resolución. De ahí a estimar que eso es constituye una falta disciplinaria, sancionable a través del Código Orgánico de Tribunales, me parece que ahí hay diferencias”.