Operación Heidi: Corte confirmó beneficio de libertad vigilada para Jaime Román
Tribunal de alzada ratificó que el exproductor musical de TVN podrá cumplir en libertad la pena por obtención de servicios sexuales de menores de manera reiterada.


La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia del juicio abreviado que condenó al exproductor musical de
Jaime Román Canales, quien fue condenado a cumplir una pena de cuatro años de presidio con el beneficio de la libertad vigilada por el delito de obtención de servicios sexuales de menores de manera reiterada.
Los querellantes habían apelado a la resolución del Tribunal de dar el beneficio para Román y para Daniel Opazo Fernández, quien también admitió ser cliente de los prostíbulos clandestinos en el centro de Santiago, y quien fue condenado a la misma pena.
El 28 de junio el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago condenó a Román, acusado por el Ministerio Público de cometer el ilícito contra al menos seis menores de edad.
El fallo establece que informes de especialistas indican que ambos condenados están en condiciones de "reinsertarse en los distintos ámbitos de relación contando con apoyo familiar, que pueden estabilizarse como ciudadano común, que no representan un peligro acorde sus características personales y de vida, sin desconocer los hechos de esta causa".
De los 17 imputados en el caso por la llamada Operación Heidi, 11 han conseguido condenas en libertad tras un juicio abreviado.




