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Superintendenta explicó la devolución en dinero de los excesos de cotización en salud

Excesos son distintos de excedentes y se producen, por ejemplo, cuando un usuario tiene más de un empleador que retiene el 7% para la salud, cuya suma supera el valor del plan.

La superintendenta de Salud Liliana Escobar explicó en entrevista con

la forma en que los usuarios de Fonasa e instituciones de salud previsional (isapre) pueden solicitar la devolución de excesos de cotización.

La autoridad sanitaria afirmó que los excesos, son distintos de los excedentes, y se producen cuando un usuario tiene más de un empleador y cada empleador le retiene el 7% para la salud, y la suma de los montos supera el valor de su plan de isapre.

También sucede cuando el empleador en forma periódica le paga alguna gratificación o bonificación.

Si los montos superan el valor del plan, se genera un exceso, que las isapre tienen la obligación de devolver en dinero, y no a través de prestaciones como sucede en el caso de los excedentes.

En el caso de Fonasa, los afiliados deben asistir a una sucursal con sus antecedentes que comprueben la existencia de excesos, como las liquidaciones de sueldo, los informes de cotizaciones, para que su situación sea evaluada.

Las isapre, en tanto, cada mes de abril debe informar a sus afiliados si tienen excesos, para realizar la devolución masiva.

Escobar informó que en el sistema de isapre fueron 348.900 los afiliados, el 21% de los cotizantes, los que tenían excesos por recibir en abril de 2013.

Este dinero tiene las siguientes características:

*Siempre le pertenece al cotizante y nunca pasa a las arcas de la isapre.
*En abril es la devolución masiva por parte de la isapre, pero el usuario puede solicitarla en cualquier momento.

Hasta abril de 2013 el total de la devolución era de 17.302 millones de pesos, y al 31 de mayo el 57% de las personas había hecho efectivo el cobro, por lo que aún no se había devuelto 7.432 millones, que pertenecen a 182.000 cotizantes.

LA IRREGULARIDAD DEL CHEQUE EN GARANTÍA

A superintendenta Escobar aprovechó de recordar que "en ninguna circunstancia" una institución de salud debe solicitar ni un cheque en garantía ni dinero en efectivo en una atención de urgencia.

"Las personas que están en una condición clínica de urgencia vital o riesgo de secuela funcional severa, en ese caso, los prestadores, públicos, privados, clínicas, hospitales, no pueden exigir nada y condicionar la atención. Tienen que brindar la atención", sentenció la autoridad.

Afirmó que una vez que un médico evalúa al paciente y considera que fue estabilizado y ya no está en riesgo vital, recién en ese momento el prestador puede pedir la firma de un pagaré, pero jamás un cheque o dinero en efectivo.

 

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