Fallo obligó a isapre a financiar millonario tratamiento contra el cáncer
La Corte de Apelaciones ordenó a Banmédica a pagar un tratamiento alternativo de cáncer llevado a cabo en una clínica que no pertenece a su red de prestaciones.


En un inédito fallo unánime, la Corte de Apelaciones ordenó a la isapre Banmédica a pagar un tratamiento alternativo de cáncer llevado a cabo en una clínica que no pertenece a su red de prestaciones.
La Segunda Sala acogió el recurso de protección presentado por Luis Rodríguez Barrios, quien tuvo una reaparición de su cáncer el 2012, y la institución le negó el pago de 45 millones de pesos, argumentando que el seguro catastrófico no corría en ese caso.
En Banmédica se había ofrecido un tratamiento de quimioterapia que, según los doctores, podría haber terminado con la vida del demandante, por lo que optó por un tratamiento que estaba fuera de las prestaciones de la isapre.
"La protección de la salud y rehabilitación del individuo es una obligación irrenunciable del Estado, aun cuando se presten a través de instituciones privadas", señaló el fallo.
El abogado Pedro Barría afirmó que "la isapre, al igual que el Estado, tiene la obligación de ofrecer tratamientos efectivos a los pacientes para mejorarse. Se atenta contra la vida del paciente si se le ofrece un tratamiento que probadamente es inefectivo para su patología, como ocurre en el caso de don Luis Rodríguez".
Barría agregó que "el fallo dice que es muy legítimo el interés comercial de la isapre de obtener una utilidad, pero si eso entra en contradicción con el derecho al acceso a la salud, la isapre debe preferir esto último".




