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Bachelet por fin al cheque en garantía: »Todo chileno tendrá la seguridad que su salud está primero»

"Era éticamente muy cuestionable el método de condicionar la atención médica a la entrega del cheque en blanco o de dinero en efectivo, lo que implicaba un grave abuso, sobre todo en los casos donde la atención era más requerida", señaló la Presidenta.

La  Presidenta Michelle Bachelet, promulgó la Ley que Prohíbe Condicionar la Atención de Salud al Otorgamiento de Cheque o Dinero en Efectivo afirmando que "era éticamente muy cuestionable el método de condicionar la atención médica, en particular la hospitalización, a la entrega del cheque en blanco o de dinero en efectivo, lo que implicaba un grave abuso, sobre todo en los casos donde la atención era más requerida".

La Mandataria explicó que esta ley hace extensiva "a todo tipo de prestaciones médicas la actual prohibición de condicionar la atención de urgencia al otorgamiento de cheques o de dinero en efectivo".

"Un condicionamiento de este tipo anulaba en los hechos el juramento de ‘buscar el beneficio de los enfermos’ que hicimos quienes ejercimos la profesión", agregó.

La normativa – que modificó la Ley de Isapres 18.933 y la Ley Fonasa 18.469 que regula el ejercicio del derecho constitucional a la salud- establece también que se podrá garantizar el pago por otros medios idóneos, tales como el registro de la información de una tarjeta de crédito, cartas de respaldo otorgadas a los empleadores o letras de cambio o pagarés, los que se regirán por las normas contenidas en la ley.

La Presidenta Bachelet recalcó que con la promulgación de esta ley "todo chileno tendrá la seguridad de que su salud está en primer lugar, que tiene el derecho de exigir una atención profesional en el sector público y privado y que su obligación de contribuir a su financiamiento según sea el caso, no va a ser fruto de coacción o prácticas abusivas".

Agregó que no basta con establecer los derechos, sino que se debe garantizar el efectivo cumplimiento de la normativa. "Es decir, se requiere de una fuerte y decidida acción de la autoridad pública para que la ley no sea letra muerta".

Por ello se dotará de mayores atribuciones a la Superintendencia de Salud y de esta manera asegurar el cumplimiento de la ley. "A partir de la promulgación de esta ley, la Superintendencia aplicará fuertes multas, atendida la gravedad del caso, a quienes infrinjan los derechos de los pacientes y esperamos que esto represente un efectivo disuasivo contra las conductas prohibidas".

La infracción de dichas normas será sancionada, de acuerdo a su gravedad, con multas que oscilarán de 10 hasta 1000 Unidades Tributarias Mensuales ($368.863 a $36.863.000).

Además, tratándose de prestadores institucionales, además de la multa se les eliminará, si procediera, del Registro de Prestadores Acreditados por un plazo de hasta dos años. Si se tratare de prestadores individuales, además de la multa serán sancionados con suspensión de hasta 180 días para otorgar las Garantías Explícitas de Salud, sea por intermedio del Fondo Nacional de Salud o de una Institución de Salud Previsional, así como para otorgar prestaciones en la modalidad de Libre Elección del Fondo Nacional de Salud.

En caso de reincidencia dentro de 12 meses, los prestadores se expondrán a multa desde dos hasta cuatro veces el monto de la multa aplicada por dicha infracción.