Juez Carroza condena a miembros de la ex DINA por secuestro de mirista Mamerto Espinoza
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió aplicar una pena de cinco años a Manuel Contreras, Miguel Krassnoff, Marcelo Moren, César Manríquez y Ciro Torré, ex funcionarios del organismo de inteligencia.
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza condenó a cinco miembros de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su implicancia en el secuestro calificado de Mamerto Espinoza Henríquez, ocurrido en 1974.
De esta forma el magistrado sentenció a los ex ex agentes del organismo represivo de la dictadura en calidad de autores de secuestro calificado.
Los condenados son Manuel Contreras Sepúlveda (5 años de presidio, sin beneficios); Miguel Krassnoff Martchenko (5 años de presidio, sin beneficios); Marcelo Moren Brito (5 años de presidio, sin beneficios); César Manríquez Bravo (5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada); y Ciro Torré Sáez (5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada).
El magistrado determinó que Espinoza Henríquez fue detenido por agentes de la DINA el 15 de septiembre de 1974, debido a las tareas que cumplía en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), y fue conducido hasta el centro de reclusión clandestino de José Domingo Cañas 1367, luego al centro Cuatro Álamos y a Villa Grimaldi, desde donde se perdió su paradero.
Por otra parte, la Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por los secuestros calificados de José Díaz Toro, José Conejeros Troncoso y Juan Rodríguez Escobar, ocurridos entre el 28 de septiembre y el 1 de octubre de 1973, en la comuna de Lautaro, Región de la Araucanía.
En fallo dividido de los ministros del máximo tribunal Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller, se determinaron las penas en el proceso conocido además como "Episodio Cajón":
Las sentencias fueron para Juan Enrique Silva Rebeco, con 5 años de presidio y el beneficio de la libertad vigilada, y Rafael Laureano Recabal Bascuñan, por 4 años de presidio y el beneficio de la libertad vigilada.
Los ministros Rodríguez, Dolmestch y Künsemüller determinaron la sentencia condenatoria; en tanto, los ministros Segura y Ballesteros fueron partidarios de la absolución acogiendo la prescripción de la acción penal.




