Justicia condena a Autopista del Sol a pagar $ 13,4 millones por accidente ocurrido a matrimonio
La pareja compuesta por Francisco Reyes Silva y Ana María Gutiérrez circulaba, el 17 de febrero de 2004, en su vehículo Mercedes Benz Station ML 350 por la ruta, cuando colisionaron con un caballo que ingresó a la carretera.
La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Infraestructura 2000 S.A, adjudictaria de la concesión de la Autopista del Sol, y a un particular a pagar una indemnización solidaria de $ 13.428.126 por un accidente provocado en la autopista por el choque de un vehículo con un caballo.
En fallo unánime los ministros del tribunal de alzada Cornelio Villarroel, Mauricio Silva Cancino y el abogado integrante Enrique Pérez determinaron que la suma debe ser cancelada al matrimonio de Francisco Reyes Silva y Ana María Gutiérrez.
La indemnización se divide en tres conceptos: $ 8.928.126 (ocho millones novecientos veintiocho mil ciento veintiséis pesos) por daño emergente; $ 3.000.000 (tres millones de pesos) por desvalorización del vehículo, y $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) por daño moral de Ana María Gutiérrez.
La pareja circulaba -el 17 de febrero de 2004- en su vehículo Mercedes Benz Station ML 350 por la ruta cuando colisionaron con un caballo de propiedad de Eugenio Zegers León, dueño del Fundo Miramar, aledaño a la ruta.
El fallo determina que, tanto Zegers León como a la adjudicaria Infraestructura 2000 S.A., son responsables por los daños provocados al vehículo de propiedad del matrimonio, el primero por ser dueño del animal impactado y mantenerlo sin los resguardos necesarios para evitar su escape a la vía; y la segunda por no mantener de manera adecuada los cierres de la autopista.
En este último caso se condenó a la empresa adjudicataria y no a la concesionaria Autopista del Sol S.A, que tiene razón social y Rut distinto, por considerar que de acuerdo a la Ley de Concesiones la empresa adjudicataria es tan responsable como la concesionaria de la mantención de la vía.
"Que, como puede advertirse de las reflexiones que preceden, la naturaleza jurídica de la demandada "Infraestructura Dos Mil S.A.", y el procedimiento propio de la adjudicación permiten concluir que substancialmente tiene sobre sí la carga de las obligaciones de que aquí se trata, siendo así legitimada plena de la acción de perjuicios dirigida en su contra, cuánto más si, a raíz del incendio del predio colindante a la ruta, no aparece haber adoptado medida de seguridad alguna para que animales del campo siniestrado salieran a la ruta pública exponiendo al peligro de los conductores", consigna la sentencia.
En primera instancia, el titular del Noveno Juzgado Civil de Santiago Raúl Trincado Dreyse, había determinado que el pago debía ser asumido sólo por Eugenio Zegers León, propietario del caballo, acogiendo la alegación de falta de legitimación activa de la empresa. Además, definió un monto mayor a indemnizar.




