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Corte condenó a tienda por robo de auto en su estacionamiento

La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago multó con 20 UTM a Homecenter Sodimac por su actuar negligente en el caso de una mujer a quien le sustrajeron su vehículo desde el subterráneo de un local.

La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Homecenter Sodimac a pagar una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales ($ 712.960) por su actuar negligente en el caso de una mujer a quien le robaron su automóvil desde un estacionamiento subterráneo de la cadena.

En fallo unánime, los ministros Dobra Lusic, Mario Rojas y la abogada integrante Claudia Chaimovich acogieron la demanda infraccional presentada por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), en el caso de Viviana Sandoval Gaete.

La mujer concurrió el 20 de mayo de 2006 al local de Sodimac ubicado en Avenida Pajaritos, y cuando estaba en el local le robaron su vehículo Nissan V-16 desde el estacionamiento subterráneo.

El fallo establece que Sodimac es responsable por infracción a la Ley del Consumidor ya que ni siquiera contaba con cámaras de vigilancia en el recinto, lo que a juicio del tribunal de alzada "constituye una inexcusable negligencia de parte de esta empresa".

"A ello se suma que se trata de un estacionamiento que no tiene carácter público, aunque no se cobre por su uso, pues la reclamada no rindió prueba en tal sentido, sino que forma parte de los servicios ofrecidos a sus clientes, para permitirles y facilitarles acceder a sus dependencias", agrega el dictamen.

La empresa, tal como es la tónica en las firmas de retail, establece que no se hace responsable de robos o hurtos al interior del estacionamiento, aunque la Corte dejó en claro que sí debe responder.

"Frente a ello, el letrero mediante el cual el local comercial pretende eximirse de responsabilidad, sólo puede entenderse desde el punto de vista de la responsabilidad criminal, pero carece de valor liberatorio frente a las claras disposiciones que se contienen en la Ley Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores", consigna el fallo.

Agencia UPI.

 

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