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Derechos Fundamentales: Pleno de la Convención aprueba un sistema de seguridad social público

El artículo pasó al borrador de la nueva Constitución y contempla la cobertura de prestaciones a las personas que ejerzan trabajos domésticos y de cuidados.

Referencial Pensión Garantizada Universal PGU

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Durante esta jornada, el Pleno de la Convención Constitucional aprobó y envió al borrador de la nueva Constitución el artículo que consagra el derecho a la seguridad social, en el marco del debate de los Derechos Fundamentales.

El Artículo 13 de la materia indica de manera específica que «la Constitución garantiza a toda persona el derecho a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad».

Recordemos que esta norma entrelaza la Iniciativa Popular de Norma de NO + AFP, junto con la propuesta que presentó el Colectivo Socialista.

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Sistema de seguridad social público

Asimismo, el Pleno de la Convención también aprobó el inciso en el que «la ley establecerá un sistema de seguridad social público«. Esta demanda ha sido ampliamente discutida en los últimos años, en el contexto de retiros de ahorros previsionales y una eventual reforma en la materia.

Este sistema público, señala el articulado, debe otorgar protección «en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en las demás contingencias sociales de falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo».

También contempla la cobertura de prestaciones a las personas que ejerzan trabajos domésticos y de cuidados.

Mediante esta normativa, el Estado tendrá que definir la política de seguridad social. En cuanto a su financiamiento, será entre trabajadores y empleadores a través de cotizaciones obligatorias, así como por rentas generales de la nación.

«Los recursos con que se financie la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema«, sostiene el inciso.

Cabe señalar que la convencional Rocío Cantuarias presentó indicaciones respecto de la no expropiación de los fondos previsionales y la heredabilidad de los mismos. Ambos fueron rechazados por no contar con la votación requerida.

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