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Corte Suprema de México avaló sancionar la pornografía como delito de explotación sexual

Penas pueden llegar hasta los 15 años de cárcel para quienes la produzcan, vendan o distribuyan.

En México la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó un artículo de una ley que catalogaría la producción, comercio o distribución de pornografía como un delito sexual, con sanciones de hasta 15 años de cárcel.

Se trata de la fracción III del artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas, en el que se enumeran las formas de explotación que puede sufrir una persona.

La normativa contempla como excepciones que el material tenga fines de divulgación científica, artística o técnica, así como para ser utilizado para la educación sexual o reproductiva.

 

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