Internacional

Tribunal impide a Donald Trump bloquear a quienes lo critican en Twitter

La jueza Naomi Reice consideró que esa cuenta es un foro público y que no se debe vulnerar la libertad de expresión.

Su cuenta en Twitter es su forma de hacer política. Eso confluye en el fallo de la jueza federal Naomi Reice Buchwald, que dictamina que el presidente de Estados Unidos no debe bloquear a nadie en su cuenta personal @realDonaldTrump. La magistrada determinó que ese espacio forma parte del foro público y no puede escapar de la Primera Enmienda sobre libertad de expresión. "Bloquear a los demandantes por sus opiniones políticas supone una forma de discriminación", ha escrito.

La magistrada de Nueva York pidió al gobernante que termine con esta práctica. "Dado que ningún cargo gubernamental está por encima de la ley y porque todos están obligados a seguir la ley una vez que el poder judicial ha establecido qué es la ley. Asumimos que el presidente y (Daniel) Scavino (director de redes sociales de la Casa Blanca) remediarán el bloqueo que hemos considerado inconstitucional".

El caso surgió en marzo cuando siete ciudadanos e instituciones demandaron a Trump por haberles bloqueado. La medida les impedía ver o responder los mensajes. Entre los demandantes estaba el Centro Knight para la Primera Enmienda, de la Universidad de Columbia, y particulares como Philip Cohen, un profesor de Sociología de la Universidad de Maryland, bloqueado en junio de 2017 después de que contestara a un mensaje del presidente con un texto que decía: "Corrupto, incompetente, autoritario".

Los abogados de Trump alegaron que el mandatario tenía derecho a decidir con quien compartía su espacio. "No se vulnera el derecho de una persona a hablar cuando el gobierno simplemente ignora a esa persona mientras escucha a otras o amplifica una voz por encima de otras. Silenciar, por tanto, preserva la capacidad del silenciado de responder a un tuit, pero bloquear impide al bloqueado ver o replicar por completo a los tuits", concluye el fallo de Reice.