Corte Suprema confirmó multas por colusión de empresas de buses
Pullman Bus deberá pagar 1.500 unidades tributarias anuales, y otras tres empresas recibieron cifras menores por "obtener mayores beneficios" con "perjuicio a los consumidores".


La Corte Suprema rechazó el recurso de reclamación presentado en contra de la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que
– por colusión en las tarifas de la ruta Santiago-Curacaví.
En fallo dividido, la Tercera Sala ratificó las multas de 1.500 UTA (unidades tributarias anuales) que deberá pagar Pullman Bus; y las aplicadas a: Alejandro Cabello Reyes (50 UTA); Paul von Breintenbach (80 UTA), y Pedro Farías Soto (100 UTA).
"Se encuentra acreditada de manera concluyente la colusión entre tres operadores del servicio de transporte público de pasajeros en la ruta Santiago Curacaví, quienes se concertaron con la única finalidad de obtener mayores beneficios económicos –o de mantenerlos–, traducidos en el aumento de los precios de los pasajes", indica el fallo.
La resolución agrega que el ilícito "configura una infracción permanente pues el comportamiento colusorio entre las empresas requeridas implicaba necesariamente una sucesión de actos en el tiempo destinados a mantener el acuerdo de precios para así seguir aprovechando los beneficios esperados".
La decisión se adoptó con los votos en contra de los ministros Pedro Pierry y Carlos Cerda, quienes estuvieron por aumentar el monto de las multas aplicadas a Alejandro Cabello Reyes a 100 UTM, Paul von Breintenbach a 160 UTA y Pedro Farías Soto a 200 UTM.
"Los acuerdos denunciados han tenido por efecto el perjuicio a los consumidores, quienes asumieron el costo de una tarifa colusoria en un mercado sensible como es el transporte interurbano de pasajeros, por tratarse de servicios esenciales para la comunidad, afectando con ello el libre mercado y revelándose por parte de las empresas condenadas el claro propósito de abusar del poder que poseen", sostienen los disidentes.




