Fusión de cursos en la Educación Pública: Los criterios y límites que fijó la DEP para ajustar las aulas de los SLEP
La Dirección de Educación Pública (DEP) instruyó a los Servicios Locales a revisar la matrícula de sus colegios y liceos para identificar secciones paralelas con baja concurrencia y unificarlas.
Clean, Brightly Lit Education Room with Desks and Wooden Paneling / Claudio Borquez
La Dirección de Educación Pública, la entidad encargada de la educación pública, es la encargada de realizar los traspasos de los colegios municipales a los Servicios Locales de Educación Pública, pasando de 342 administradores a 70, proceso que debería finalizar en 2030. Hasta la fecha se han activado 36 de estos servicios.
En este contexto, un documento llamado Orientaciones Técnicas para la Formulación del PAL 2027 emitidas por la DEP a los Servicios Locales y a la que accedió ADN.cl con la que deben realizar un análisis periódico de la matrícula por nivel y curso en cada establecimiento, ha despertado preocupación en los servicios locales.
La indicación específica señala que las comunidades educativas deben revisar aquellos niveles que presenten cursos paralelos donde la suma total de matriculados sea igual o inferior a 35 estudiantes.
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En esos casos, se propone evaluar la reorganización de ambas secciones en un único curso. Esta medida se respalda en el artículo 19, numeral 12, de la Ley N° 21.040, el cual establece un máximo legal de 35 estudiantes por aula en el sistema público.
Límites de infraestructura y resguardo de la matrícula flotante
La normativa enfatiza que el tope de 35 alumnos es un límite legal máximo y no una meta de organización. Por ello, para que la fusión sea técnicamente viable, la DEP exige cumplir con condiciones de infraestructura y espacio:
- Capacidad física autorizada: La sala receptora debe cumplir estrictamente con la capacidad de superficie y cubicaje autorizada conforme al Decreto N° 548 de 1989 del Ministerio de Educación.
- Margen para incorporaciones anuales: La reorganización debe dejar un margen suficiente de cupos libres para absorber a los estudiantes que se matriculen durante el transcurso del año escolar.
- Viabilidad del espacio: Las condiciones físicas de la sala de clases deben permitir la unificación sin comprometer el adecuado desarrollo de las actividades del curso.
Campaña “Modo Aula” del Gobierno
Inclusión y criterios pedagógicos: El factor del Programa de Integración Escolar (PIE)
La directriz de la DEP mandata que la optimización de recursos financieros y humanos no puede vulnerar los requerimientos de inclusión escolar:
- Resguardo de cupos del PIE: Al unificar dos cursos, se deben verificar previamente los cupos máximos del Programa de Integración Escolar (PIE), asegurando no sobrepasar el límite de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (tanto permanentes como transitorias) permitido por aula regular.
- Certificación pedagógica: La medida debe contar con un análisis técnico que certifique que la concentración de alumnos resguarda la calidad educativa y las condiciones para el aprendizaje.