“Eres una drogadicta”: feroz ataque de Daniela Aránguiz termina caro con millonaria multa para canal de TV
La Corte de Apelaciones ratificó la sanción luego de una polémica intervención de la panelista que acumuló 24 denuncias ante el Consejo Nacional de Televisión.
Imagen referencial.
Una feroz arremetida de Daniela Aránguiz durante una emisión de Sígueme terminó trayendo consecuencias para TV+. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) debido a una serie de descalificaciones realizadas por la panelista en pantalla.
Los hechos ocurrieron el 26 de septiembre de 2025, cuando Aránguiz respondió duramente a Constanza Capelli, luego de que la ganadora de Gran Hermano la calificara previamente como un “mal ejemplo” que no debía estar en televisión. La emisión provocó 24 denuncias ante el organismo fiscalizador.
“Un mal ejemplo a seguir es ser una mentirosa como tú, que dices que superaste tus adicciones y te tienen que sacar arrastrando de las discos”, lanzó Aránguiz durante el programa. Luego elevó el tono: “Eres una drogadicta y te reto: hazte un examen de sangre y muéstralo para ver cuándo fue la última vez que consumiste una sustancia”.
Daniela Aránguiz y la polémica intervención que terminó con una multa a TV+
Tras analizar el contenido, el CNTV determinó que las expresiones constituían un trato denigrante y podían afectar la honra y dignidad de Capelli. Además, consideró especialmente relevante que el segmento fuera transmitido dentro del horario de protección de niños, niñas y adolescentes.
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Por ello, el organismo sancionó a TV+ con 20 UTM, equivalentes en agosto de 2026 a $1.432.980 pesos chilenos, considerando que cada UTM alcanza supera los $71 mil.
La estación recurrió ante la Corte de Apelaciones argumentando, entre otros puntos, que debía considerarse el contexto propio de un programa de farándula y el derecho a la libertad de expresión.
Sin embargo, el tribunal rechazó la reclamación y ratificó la sanción. Según la resolución consignada por Diario Constitucional, la libertad de expresión “no constituye un derecho absoluto” y encuentra límites en la protección de otros bienes jurídicos, especialmente cuando el contenido incluye descalificaciones y se transmite en horario protegido para menores.