Empresas de servicios básicos dicen que fallo del TC “es imposible de cumplir”
La obligación de reconectar suministros gratis en zonas de catástrofe generó preocupación por sus plazos considerados inviables por las empresas eléctricas.
La reciente resolución del Tribunal Constitucional (TC) ha generado una profunda inquietud entre las compañías proveedoras de suministros esenciales, a pesar de que los gremios acataron el dictamen. El organismo desestimó, por 9 votos contra 1, el requerimiento de inconstitucionalidad impulsado por el gobierno de José Antonio Kast en contra del artículo 31, el cual fue incorporado de manera tardía durante la tramitación del proyecto legislativo.
El núcleo de la controversia radica en un nuevo precepto añadido a la Ley N° 16.282 sobre sismos y catástrofes. Esta nueva disposición obliga a las concesionarias de distribución a efectuar una reconexión de manera gratuita para todos aquellos usuarios residenciales y a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que residan en zonas declaradas en estado de catástrofe.
El mayor reclamo expresado por el sector privado y las autoridades gubernamentales se centra en las exigencias temporales de la medida, catalogada como operativamente inviable. La normativa establece un plazo de 48 horas para los servicios de electricidad y gas, mientras que fija un estricto margen de 24 horas para restablecer el agua potable y el alcantarillado.
Preocupación por la seguridad operativa
Desde el ámbito eléctrico, el director ejecutivo de Empresas Eléctricas, Juan Meriches, respetó la decisión a la espera de conocer los fundamentos de la sentencia, pero advirtió los riesgos de la legislación. “más allá de este resultado, mantenemos nuestra preocupación por una norma que puede desviar recursos desde la reposición masiva del servicio y que establece plazos rígidos sin considerar las condiciones reales de seguridad durante una catástrofe”, afirmó, señala La Tercera.
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Además, concluyó que “Esperamos que estos aspectos puedan ser revisados en los espacios que corresponda para evitar que la norma termine perjudicando a los propios usuarios”.
Por su parte, el presidente ejecutivo de la Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN), Carlos Cortés Simon, hizo hincapié en las graves falencias técnicas del mandato judicial. Tras indicar que “La normativa es imposible de cumplir resguardando la seguridad de todas las personas”, el líder gremial profundizó en su postura: “respetamos la decisión del Tribunal. Precisamente porque asumimos esa responsabilidad con seriedad, insistimos en algo que no admite excepción: en gas, proteger a las personas empieza por no reconectar antes de saber que es seguro hacerlo”.
El impacto en la recuperación sanitaria
Finalmente, la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios (Andess) alertó sobre las consecuencias logísticas de acatar estos tiempos estipulados al pie de la letra. Plantearon que “en una situación de emergencia, esto implica destinar recursos operacionales y cuadrillas a casos individuales, que podrían ser necesarios para recuperar infraestructura y reponer el servicio al mayor número posible de personas, incluidos hogares, hospitales y escuelas”.
La entidad sanitaria concluyó señalando que “una emergencia exige flexibilidad para asignar los recursos de manera que permitan recuperar el servicio en forma rápida y efectiva. Asimismo, la imposición de plazos rígidos puede obligar a desplegar personal en condiciones de alto riesgo, lo que resulta incompatible con el deber de resguardar la seguridad de quienes trabajan en terreno”.