Suprema condena a Punto Ticket tras demanda del Sernac por festival cancelado: compensaciones llegarán a los $95 mil
El máximo tribunal determinó que la ticketera es civilmente responsable ante la cancelación del Festival Frontera del 2016 debiendo pagar compensaciones a los consumidores afectados.
Así será el primer concierto masivo en Chile en el contexto de la pandemia
La Corte Suprema emitió un fallo histórico al condenar a la empresa Punto Ticket, en su calidad de intermediaria, tras una demanda colectiva interpuesta por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). La acción judicial buscaba establecer compensaciones para las personas afectadas por la repentina suspensión del “Festival Frontera 2016”.
El evento masivo estaba originalmente programado para el 3 de diciembre de 2016 en el Club Hípico de Santiago, pero fue cancelado apenas un día antes por no cumplir con los requisitos exigidos por la Intendencia Metropolitana. Al momento de la suspensión, ya se habían vendido alrededor de 25 mil entradas, con valores que fluctuaban entre los $24.000 y $28.000. Ante los incumplimientos detectados en la respuesta de la productora, el Sernac decidió oficiar e interponer la demanda.
Relevancia del fallo y responsabilidad civil
La sentencia del máximo tribunal marca una nueva directriz en materia de protección de los derechos de los consumidores. Al analizar el caso, la Corte Suprema estableció que Punto Ticket actuó como proveedora de los boletos y cobró un precio por ellos, celebrando así un contrato directo con los asistentes, a pesar de que la responsabilidad del incumplimiento final haya sido de un tercero (la productora).
Revisa también:
En términos prácticos, esta decisión implica que las ticketeras son civilmente responsables ante las personas si un evento no se realiza, debiendo hacer las restituciones de dinero y asumir las compensaciones correspondientes por los daños provocados.
La Directora Nacional (s) del Sernac, Carolina González, valoró la resolución: “Esta sentencia de la Corte Suprema es muy relevante porque establece un mejor estándar de protección para los consumidores que día a día asisten a conciertos y a otros eventos masivos y que muchas veces ven que sus derechos no son respetados”.
Grupos y montos de compensación
La justicia determinó que Punto Ticket deberá pagar compensaciones por los daños patrimoniales sufridos por los asistentes, incluyendo los costos de transporte. Los montos fueron divididos en cuatro grupos, considerando un monto base y un incremento para quienes presentaron un reclamo formal ante el Sernac:
| Grupo 1 | Consumidores de regiones distintas a la Metropolitana que no asistieron al festival. | 2,06 UF (aprox. $84.140) | 2,32 UF (aprox. $94.760). |
| Grupo 2 | Consumidores de regiones distintas a la Metropolitana que sí asistieron a la nueva fecha. | 1,5 UF (aprox. $61.270) | 1,77 UF (aprox. $72.290). |
| Grupo 3 | Consumidores de la Región Metropolitana que no asistieron a la nueva fecha. | 0,56 UF (aprox. $22.870) | 0,82 UF (aprox. $33.490) |
| Grupo 4 | Consumidores de la Región Metropolitana que asistieron a la nueva fecha. | No aplica. | 0,26 UF (aprox. $10.620) |