• 11 AGO 2026

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Entre la urgencia y el debido proceso: Suprema advierte graves falencias en proyecto del gobierno para expulsión de extranjeros

Las críticas al proyecto que cuenta con suma urgencia en el Congreso apuntan a la falta de garantías procesales y a mecanismos penales excepcionales.

El ingreso por parte del Gobierno de un robusto paquete de urgencias legislativas para acelerar 19 iniciativas de ley, incluyendo tres con discusión inmediata y 13 con suma urgencia, ha puesto una fuerte presión sobre el debate en el Congreso.

Entre estas propuestas prioritarias destaca el proyecto para perfeccionar el procedimiento de expulsión administrativa de ciudadanos extranjeros. Sin embargo, esta ofensiva del Ejecutivo podría enfrentar imprevistos retrasos tras conocerse el adverso informe técnico evacuado por el pleno de la Corte Suprema, el cual alerta sobre severos vacíos y falta de coherencia en el diseño legal de la propuesta.

El máximo tribunal respondió formalmente a la consulta formulada por el Secretario de la Comisión de Gobierno del Senado, Juan Pablo Durán G.. Aunque la magistratura reconoce los esfuerzos legislativos por dotar al Estado de herramientas eficaces ante las dificultades prácticas de la gestión migratoria, insiste en que las reformas planteadas en este segundo trámite no deben comprometer la coherencia jurídica, el debido proceso ni las facultades orgánicas de los tribunales chilenos.

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Una de las primeras observaciones de los ministros recae sobre la facultad del subsecretario del Interior para dictar expulsiones basadas en razones de “orden público”. Al tratarse de un concepto jurídico indeterminado, el tribunal advierte que su excesiva amplitud podría generar confusiones y superponer competencias con el Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones. Por ello, el informe de la Corte Suprema sugiere delimitar legalmente y de forma precisa las hipótesis que habilitan el uso de esta prerrogativa para garantizar la certeza jurídica.

Críticas a las nuevas atribuciones judiciales y la relación penal

El proyecto de ley faculta a la Policía de Investigaciones (PDI) para solicitar por escrito a los juzgados de garantía la autorización previa de ingreso a un domicilio para detener a un extranjero expulsado. Ante esto, el máximo tribunal advierte que el proyecto guarda absoluto silencio sobre el estándar de prueba necesario para visar dicha orden o acreditar que la persona se encuentra en el inmueble. Además, critica que la norma no modifica el artículo 14 del Código Orgánico de Tribunales (COT) para incorporar formalmente esta nueva atribución procesal.

Respecto de la suspensión de la expulsión de extranjeros investigados por simples delitos, la Corte Suprema detectó una seria inconsistencia con el sistema procesal penal vigente. Los ministros explican que la reforma pretende crear una suspensión condicional “sui generis” que conduce al sobreseimiento definitivo una vez cumplido el plazo de prohibición de reingreso al país. No obstante, el tribunal fustiga este diseño porque no contempla medidas mínimas de resarcimiento o reparación de perjuicios para la víctima del delito.

El informe evalúa favorablemente que el proyecto eleve a rango legal la procedencia del recurso de apelación ante la Corte Suprema. Sin embargo, en relación a la reducción del plazo de reclamación judicial de diez a cinco días corridos, el tribunal manifiesta marcadas dudas. A su juicio, la demora en las expulsiones no radica en los plazos judiciales de defensa, sino en las limitaciones operativas de la propia administración para materializar las órdenes vigentes.

Cedida

El voto disidente del ministro señor Zepeda

El acuerdo del tribunal pleno se adoptó con el voto en contra del ministro señor Zepeda, quien fue de la opinión de informar desfavorablemente sobre la propuesta de ley. El magistrado disidente argumentó que la migración irregular es una infracción administrativa y no es constitutiva de delito. Por lo tanto, sostuvo que radicar la ejecución de estas medidas en los juzgados de garantía transgrede la competencia estrictamente penal de dichos tribunales.

Para el ministro disidente, involucrar a la judicatura penal en la persecución de infracciones administrativas fomenta una peligrosa percepción de criminalización, discriminación y xenofobia hacia la población migrante en situación irregular. Zepeda fundamentó su voto citando la Observación General N°2 del Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las cuales exigen un apego estricto al debido proceso y a la dignidad humana.

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