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“Nadie advirtió la gravedad”: Condenan a constructora por la muerte de un trabajador agredido en horario laboral

Según el dictamen, la administración de la empresa no dispuso de atención médica ni asistencia de emergencia.

Foto referencial

Foto referencial / MIGUEL MOYA / AGENCIAUNO

El Sexto Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda civil presentada por la familia de Alfonso Segundo Muñoz Casanova, un jornalero que falleció en enero de 2017 luego de ser agredido físicamente por un compañero de labores en su lugar de trabajo.

En el fallo, la magistrada Rommy Müller Ugarte determinó la responsabilidad extracontractual de la empresa Comercial Escocia Limitada, al constatar que la firma incurrió en graves omisiones de seguridad y no prestó auxilio oportuno al trabajador herido.

El tribunal acreditó que la agresión ocurrió en horario laboral y dentro del recinto de la empresa. Pese a que otros trabajadores alertaron sobre el delicado estado de salud de Muñoz Casanova tras la riña, la administración no dispuso de atención médica ni asistencia de emergencia. El jornalero falleció horas más tarde debido a la gravedad de las lesiones.

La prueba rendida en autos permite tener por acreditado que la empresa demandada incurrió en omisiones que le son imputables, al no haber adoptado las medidas necesarias para proteger la vida y salud del trabajador (...) sin que nadie advirtiera de la gravedad de las lesiones sufridas por el señor Muñoz, posteriores a la riña entre trabajadores”, consigna el fallo.

Infracciones laborales clave

La investigación realizada por la Inspección del Trabajo fue crucial para demostrar el abandono por parte del empleador. De acuerdo con las resoluciones del tribunal, la sociedad demandada fue sancionada por no denunciar el accidente de forma oportuna al organismo administrador, no informar inmediatamente el accidente fatal y grave a la Inspección del Trabajo y no reunir al Comité Paritario de la empresa con ocasión del fallecimiento del trabajador.

El Sexto Juzgado Civil de Santiago resolvió acoger la demanda únicamente bajo el concepto de daño emergente, rechazando las solicitudes de lucro cesante y daño moral.

En concreto, se ordenó a Comercial Escocia Limitada el pago de $4.092.348 a Camila Paz Muñoz Berríos (hija de la víctima) por concepto de gastos fúnebres. Dicho monto deberá ser pagado con los reajustes correspondientes a la variación del IPC desde que la sentencia quede ejecutoriada hasta su pago efectivo.

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