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“Instrumentalizó la fragilidad emocional”: 7 años de cárcel para profesor de música por abuso sexual y estupro reiterados

El fallo unánime dio por acreditada la culpabilidad del imputado en los delitos perpetrados contra una alumna menor de edad en dependencias de la comuna.

“Instrumentalizó la fragilidad emocional”: 7 años de cárcel para profesor de música por abuso sexual y estupro reiterados

“Instrumentalizó la fragilidad emocional”: 7 años de cárcel para profesor de música por abuso sexual y estupro reiterados / menonsstocks

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción dictó una sentencia unánime mediante la cual condenó a I.O.C.M. a la pena única de 7 años de presidio efectivos. La resolución judicial lo sindica en calidad de autor ejecutor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual de mayor de 14 y menor de 18 años, estupro y abuso sexual agravado, ilícitos que se ejecutaron de manera continuada entre marzo de 2014 y noviembre de 2017.

La justicia dio por acreditado que las agresiones sexuales acontecieron en diversos puntos de la comuna de Concepción, especificando entre ellos una de las oficinas del Conservatorio de Música Laurencia Contreras. El sentenciado, quien registraba 46 años de edad al inicio de los hechos, se valió de su posición de autoridad sobre la afectada, una estudiante de 14 años, para perpetrar actos de significación sexual que se incrementaron de forma gradual hasta llegar a la penetración de la menor.

Medidas especiales e inhabilitaciones complementarias

A la sanción corporal principal se añadieron penalizaciones especiales orientadas a la protección de menores. El tribunal impuso a I.O.C.M. la interdicción del derecho de ejercer la guarda y la prohibición de ser oído como pariente en las instancias que la ley estipula. De igual forma, el condenado quedará sujeto de forma obligatoria a la vigilancia de la autoridad policial durante los 10 años posteriores al cumplimiento de sus años de cárcel.

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En el ámbito laboral y residencial, el fallo decretó 10 años de inhabilitación absoluta temporal para el desempeño de cargos, oficios, empleos o profesiones dentro de establecimientos educativos o que requieran un contacto directo y consuetudinario con menores de edad. Asimismo, se determinó la prohibición absoluta de aproximarse a la víctima o a su núcleo familiar, extendiendo el veto a su hogar y lugar de trabajo.

Instrumentalización de la vulnerabilidad familiar

El dictamen redactado por la magistratura expuso que el agresor cimentó el sometimiento de la voluntad de la alumna sobre una profunda asimetría de edad, experiencia y jerarquía. Mientras la afectada cursaba la enseñanza escolar, el individuo era un hombre de 46 años, casado, con hijos de edades similares a la víctima y con relaciones paralelas, quien además ostentaba una posición de influencia y superioridad en el circuito musical local.

La resolución consigna que el encausado instrumentalizó la fragilidad emocional derivada de una crisis en el entorno de la menor de edad, originada por la separación de sus padres y el diagnóstico de cáncer y posterior fallecimiento de su tía, quien operaba como su mentora en los estudios musicales.

El tribunal concluyó que el agresor aprovechó de forma deliberada el escenario de crisis familiar para aproximarse de manera paulatina a la estudiante, logrando sortear sus mecanismos de defensa y ganando su confianza. Mediante esta estrategia, el imputado se posicionó a sí mismo como un referente adulto de contención y apoyo, articulando un vínculo estrecho que anuló de forma progresiva la capacidad de resistencia física y psicológica de la menor en el ámbito sexual.

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