Confirman rechazo a prisión preventiva a estudiantes por ataque a ministra Lincolao: quedaron con firma mensual y arraigo nacional
El tribunal desestimó la aplicación de la Ley de Seguridad del Estado y concluyó que no existían antecedentes suficientes para agravar las cautelares
Durante este lunes, la Corte de Apelaciones confirmó el rechazo a la apelación presentada por el Ministerio de Seguridad Pública y la fiscalía, manteniendo sin cambios las medidas cautelares contra tres imputados por el atentado a la ministra de Ciencias, Ximena Lincolao, ocurrido el 8 de abril de 2026 en la Universidad Austral de Chile.
El tribunal desestimó la solicitud de endurecer las cautelares —que incluía arresto domiciliario nocturno—, por lo que los acusados, dos hombres y una mujer, continuarán con firma periódica y prohibición de salir del país.
Desde el Ministerio de Seguridad Pública, que actúa como querellante, se insistía en que los hechos no solo configuraban un atentado contra la autoridad, sino que también podían ser considerados como un eventual secuestro, debido a que la ministra permaneció cerca de dos horas al interior de un auditorio sin poder salir.
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En esa línea, la cartera incluso invocó la Ley de Seguridad del Estado, una normativa de carácter excepcional que ha sido utilizada en contextos como el estallido social de 2019, paralizaciones de camioneros en 2022 y hechos de violencia en la macrozona sur durante ese mismo año.
Sin embargo, la interpretación jurídica fue cuestionada desde distintos sectores políticos, incluyendo parlamentarios de la Democracia Cristiana, quienes señalaron que la facultad de invocar dicha ley corresponde exclusivamente al Ministerio del Interior.
El episodio ocurrió en el marco de la inauguración del año académico de la Universidad Austral en Valdivia, donde un grupo de manifestantes bloqueó la salida de la ministra. Según antecedentes del caso, la autoridad fue agredida verbalmente, recibió lanzamiento de agua y su equipo de seguridad también fue atacado, además de registrarse daños al vehículo en que abandonó el recinto.
Con esta resolución, la Corte de Apelaciones ratificó lo decidido previamente por el Juzgado de Garantía de Valdivia, dejando vigentes únicamente las medidas cautelares de firma periódica y arraigo nacional para los tres imputados.