Grababa canciones en Punta Peuco: Corte rechaza recurso de Álvaro Corbalán por incautación de grabadora
El exagente de la CNI argumentó problemas de salud, pero Gendarmería justificó que la grabadora está prohibida por reglamento.

La Corte de Santiago rechazó este martes un recurso de amparo presentado por el exagente de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Álvaro Corbalán Castilla (72 años), quien cumple condena en el Centro Penitenciario Punta Peuco por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. El recurso buscaba la devolución de una grabadora de voz marca Sony, incautada en septiembre de 2023.
En el documento presentado por su abogada, Carla Fernández, se argumentó que Corbalán utilizaba la grabadora desde 2015 “para grabar sus canciones que suele componer con su guitarra y venderlas a sus compañeros del penal como una forma de sustento”.
Más información

Además, la defensa expuso los problemas médicos que enfrenta Corbalán, quien padece el Síndrome Vogt-Koyanagi-Harada, una enfermedad que ha provocado un “serio deterioro de su estado de salud general” y lo mantiene con una discapacidad visual casi total.
La abogada afirmó que la incautación vulneraba derechos constitucionales al impedirle realizar una actividad recreativa que “ayuda a suplir la ansiedad propia de la cárcel” y mitigar el daño provocado por su enfermedad. Fernández solicitó que se declarara la ilegalidad del procedimiento realizado por Gendarmería, publica The Clinic.
La respuesta de Gendarmería
Gendarmería defendió sus acciones, argumentando que la grabadora incautada es un objeto prohibido en Punta Peuco, en virtud del artículo 78, letra j) del Decreto Ley N° 518, que establece el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. “Resultan elementos prohibidos por la Administración Penitenciaria por razones de seguridad, entre otros artefactos, las grabadoras”, señaló la institución.
Además, desestimó los argumentos de salud, detallando que Punta Peuco cuenta con atención médica permanente, personal de salud, ambulancia, convenios con centros externos y protocolos de urgencia.
El fallo de la Corte
La Corte de Santiago, en un fallo unánime, respaldó lo argumentado por Gendarmería y rechazó el recurso de amparo. La resolución subrayó que el reglamento penitenciario prohíbe la tenencia de grabadoras en los recintos, ya que representan una falta grave dentro del régimen carcelario.
Según el recurso, Punta Peuco es un penal especial que alberga a condenados por violaciones a los derechos humanos, con un promedio de edad de 78 años. La mayoría de los internos presentan enfermedades de base y algunos padecen patologías graves o terminales.
Sigue a ADN.cl en Google Discover
Recibe nuestros contenidos directamente en tu feed.























