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Límite de 50 transferencias en Chile: ¿Qué datos entregarán los bancos al SII para la fiscalización?

La norma forma parte de la Ley de Cumplimiento Tributario y busca, entre otras cosas, detectar el comercio informal.

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Límite de 50 transferencias en Chile: ¿Qué datos entregarán los bancos al SII para la fiscalización?

Como parte de la nueva Ley de Cumplimiento Tributario en Chile, una de las normas que ha llamado la atención de las personas es aquella que obliga a que las instituciones financieras informen al Servicio de Impuestos Internos (SII) si se reciben una cierta cantidad de transferencias.

En números, lugares como bancos tendrán que despachar la información si, dentro de un mismo día, semana o mes, se producen más de 50 abonos en las cuentas, provenientes de distintas personas o entidades.

De hecho, la situación también aplicar si se presentan al menos 100 transacciones del mismo tipo a lo largo de un semestre (6 meses).

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Así es como se podría detectar quiénes venden productos o servicios de manera informal o el grupo de personas que no están cumplimiento como corresponde con sus obligaciones tributarias.

Revisa a continuación cuáles serán los datos que estarán sujetos al análisis.

Esta es la información que entregarán las instituciones financieras al Servicio de Impuestos Internos

Según el desglose expuesto en la web oficial del SII, las instituciones como bancos deberán entregar:

  • Información que permita identificar al titular de la cuenta, incluyendo el rol único tributario.
  • Identificación de la cuenta.
  • Cantidad de abonos que se han producido por parte de personas o entidades diferentes en los periodos respectivos y la suma ha superado lo permitido en más de un período.

Precisar que los datos deberán contener el monto agregado de los abonos, pero esto no incluirá la información respecto de las personas o entidades que realizaron los abonos.

“Cuando una persona o entidad sea titular de más de una cuenta bancaria en una misma entidad financiera, la verificación de la cantidad de operaciones deberá realizarse de forma acumulada entre todas las cuentas de las que fuere titular”, complementaron desde el Servicio.

Recordar la información será enviada de forma semestral. El primer reporte se hará en enero de 2025.

Otros detalles, incluyendo quiénes deben iniciar actividades, se pueden revisar haciendo clic aquí.

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