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Andrónico, Nicolás y Jean Paul Luksic multados por la CMF por transacciones indebidas de acciones en período de bloqueo

El hecho ocurrió a pesar de que, como directores, tenían prohibido transar las acciones del emisor en los 30 días previos a la publicación de los estados financieros, que en este caso se divulgaron el 9 de septiembre de 2022.

27 de Abril del 2018/SANTIAGOEl empresario Andrónico Luksic Craig,  da declaraciones a la prensa al termino de la reunión de accionistas de Quiñenco en un hotel capitalino.
FOTO: RODRIGO SAENZ/AGENCIAUNO

27 de Abril del 2018/SANTIAGO El empresario Andrónico Luksic Craig, da declaraciones a la prensa al termino de la reunión de accionistas de Quiñenco en un hotel capitalino. FOTO: RODRIGO SAENZ/AGENCIAUNO

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó que aplicó sanciones a Andrónico Luksic, Nicolás Luksic y Jean Paul Luksic, directores de Quiñenco S.A., por incumplir la prohibición de transar valores del emisor en el período de 30 días previo a la divulgación de sus estados financieros.

La medida se adoptó en virtud de la Ley N°18.045 de Mercado de Valores, la cual establece esta restricción para prevenir operaciones con ventaja de información.

Según las resoluciones N° 9907, N° 9906 y N° 9905, el 29 de agosto de 2022, los sancionados realizaron, de manera indirecta a través de las sociedades Inversiones Orengo S.A. y Ruana Copper AG Agencia Chile, transacciones por un total de 2.619.260 acciones de Quiñenco S.A., valoradas en $6.228.600.280.

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El hecho ocurrió a pesar de que, como directores, tenían prohibido transar las acciones del emisor en los 30 días previos a la publicación de los estados financieros, que en este caso se divulgaron el 9 de septiembre de 2022.

Aunque las transacciones formaban parte de un proceso para simplificar la estructura de control de Quiñenco S.A., la CMF aplicó multas de UF 1.250 a cada uno de los involucrados por infringir el artículo 16 de la Ley 18.045.

Esta normativa prohíbe a directores y ejecutivos principales de un emisor, así como a sus familiares cercanos, realizar transacciones de valores en el período de bloqueo para evitar el uso de información privilegiada en el mercado financiero.

Comunicado en defensa de los Luksic

Respecto de las multas aplicadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a los señores Andrónico Luksic Craig, Jean Paul Luksic Fontbona y Nicolás Luksic Puga, el representante legal de Ruana Copper AG Agencia Chile, José Ignacio Bulnes, declara: A pesar de no haber participado en la operación que fue sancionada por la CMF como infracción menor, los aludidos aceptaron voluntariamente la decisión de la Comisión.

Según el comunicado, “la multa se funda en su condición de directores de Quiñenco e integrantes del consejo de la entidad controladora de Ruana Copper e Inversiones Orengo, sociedades entre las cuales se traspasaron esas acciones”.

“Dicho consejo sólo había resuelto simplificar la estructura societaria del Grupo y, por tanto, disolver varias sociedades, incluida Orengo, que databa de 1920 y que tenía nula o escasa actividad. Sin embargo, ninguno de los integrantes del consejo tenía ni tuvo injerencia en la decisión sobre la fecha y la modalidad en que se efectuarían esas operaciones”, agregan.

“La operación fue informada al mercado y a la CMF en forma oportuna. Involuntariamente, no se reparó en el hecho de que en ese minuto existía una restricción temporal para transar esas acciones, que afectaba a los directores de Quiñenco y sus personas relacionadas.” continua el comunicado.

“La operación no implicó cambios en la participación accionaria bajo control del Grupo Luksic en Quiñenco y, tal como consigna el oficio de la CMF, tampoco reportó un beneficio económico para las personas que fueron sancionadas”, finaliza.

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