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“Un requisito mínimo es que la norma no lo impida”: Ministra de la Mujer explica corresponsabilidad en Agenda de Sala Cuna para Chile

La titular Antonia Orellana compartió al Ciudadano ADN las claves para comprender el proyecto.

Ministra de la Mujer conversa con Ciudadano ADN

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En el Ciudadano ADN tuvimos la oportunidad de conversar con la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, quien nos explicó la Agenda de Sala Cuna para Chile, la que tiene un foco puesto en la corresponsabilidad; en la calidad parvularia; y en el empleo femenino.

Es una indicación sustitutiva al proyecto de ley de Sala Cuna Universal que había presentado el gobierno anterior. Hemos reemplazado por completo el texto porque es una propuesta con la que no estábamos de acuerdo”, comentó Orellana al inicio de la conversación.

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La sala cuna y brechas salariales

En esa misma línea, la ministra de la Mujer se refirió a uno de los pilares fundamentales de la Agenda de Sala Cuna para Chile. “Desde 1917, el artículo 203 del Código del Trabajo establece que la sala cuna es una obligación del empleador para con las madres, pero en esos años no se cumplía mucho”, dijo.

“Actualmente lo que rige es que las madres que trabajan bajo el Código del Trabajo tienen derecho a sala cuna en la medida en que su empresa tenga más de 20 trabajadoras. Eso se traduce en que el costo de la sala cuna se traspasa a la contratación de mujeres, porque si a partir de las 20 se está obligado a tener sala cuna, se contratan 19. Es un problema directo para el desarrollo de nuestro país en la medida que obstaculiza el empleo formal de mujeres”, aseguró la también periodista, quien además detalló que “de acuerdo a estudios de la OCDE, tenemos un 26% o 30% de brecha salarial… y al menos un 20% de eso se debe exclusivamente a esta norma de sala cuna porque es algo que pagamos todas las mujeres”.

Más detalles sobre la Agenda de Sala Cuna para Chile

Acto seguido, la ministra Orellana mencionó que “hemos propuesto que el artículo 203 se mantenga como una obligación del empleador”. “Esa es la tradición de nuestro país desde 1917 y en los derechos laborales hay un principio de no regresión”, señaló.

De ese mismo modo, la autoridad explicó que, además, se eliminó el tope de 20 trabajadoras, y se estableció un principio de corresponsabilidad en el derecho, lo que quiere decir que esto “le corresponde tanto a padres como a madres”.

“Esa ha sido la línea del Gobierno en todas las leyes que tienen que ver con derechos parentales… Si queremos transformar la cultura y sumar más a los hombres en las tareas del cuidado y corresponsabilidad, un requisito mínimo es que la norma no lo impida”, agregó.

Por otra parte, Orellana habló sobre la manera en que la Agenda de Sala Cuna para Chile propiciará darle importancia al estándar educativo. “Chile ha conseguido un estándar que es mucho más avanzado que el de países de la región y que otros países de igual ingreso. Entonces, en el Fondo de Sala Cuna, proponemos que para poder acceder al establecimiento, este debe tener reconocimiento oficial”, destacó.

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